Ley 6116 (ex ley 257)

TRAMITAMOS Y CERTIFICAMOS LA LEY 6116 / EX LEY 257 EN CABA SIN COMPLICACIONES  PARA TU CONCONSORCIO, PROPIETARIOS U OPERARIOS

EVALUACIÓN 100% INDEPENDIENTE E IMPARCIAL  

Nos dedicamos exclusivamente al diagnóstico y certificación técnica. 

No vendemos obras ni servicios de pintura, lo que te garantiza un informe 100% transparente: no te exigimos trabajos innecesarios.

 

¿ QUÉ ES LA LEY 6116 ?

La Ley 6116 (ex Ley 257) establece la obligación para los propietarios de mantener en buen estado las fachadas. Esto se implementa ya que pueden producirse desprendimientos con eventual daño a las personas o bienes. Pero, qué es la fachada? La fachada de un inmueble es el frente que da a la calle. Ésta incluye balcones, carteles, maceteros, antepechos y cerramientos, entre otros elementos.


 

¿CÓMO CUMPLO CON LA LEY?

Para dar cumplimiento con la ley deberás obtener el Certificado de Conservación. Este es un documento que certifica que tu fachada está en condiciones.

¿ CÓMO OBTENGO EL CERTIFICADO DE CONSERVACIÓN ?


En Construye tu Proyecto contamos con profesionales habilitados que realizan este trámite.
 

¿ Cómo es el servicio ?

Realizamos una inspección ocular de la fachada para poder determinar si se encuentra en buen estado para poder emitir el Certificado de Conservación. Se verificará el estado del frente, balcones, barandas, salientes y terrazas.

¿ Y si NO se encuentra en buen estado ?

En este caso enviamos por mail al propietario un Informe preliminar con el listado de las tareas a desarrollar para poder emitir el Certificado de Conservación.


¿ Y SI se encuentra en buen estado ?

Si la propiedad se encuentra sin ningún tipo de riesgo se emite el Certificado de Conservación. Para ello realizamos un Informe técnico el cual se carga a sistema junto con las fotos tomadas el día de la inspección.

Ok ¿ Algo más a tener en cuenta?

Si, durante la realización del informe técnico se debe realizar el pago de sellados de la AGC (Agencia Gubernamental de Control). El costo del mismo dependerá del destino y superficie del inmueble. Una vez abonada dicha boleta, iremos al CPAU a certificar y abonar la encomienda profesional. De esta manera vamos a obtener el Certificado de Conservación. Por último te entregamos toda la documentación: Certificado de Conservación + Informe técnico + comprobantes de pagos.

Alerta de vencimiento:

Sistema que de aviso cuando necesitás renovar el trámite.

Experiencia comprobada

Desde el 2008 realizando certificados de conservación.

Somos Matriculados:

Profesionales activos con matrícula al día.

Habilitados en el GCABA:

Profesionales en sistema de Fachadas Registradas.
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Matias Quilici profile picture
Matias Quilici
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Super util la charla , muy profesionales , serios y te ayudan y orientan muchísimo para una etapa del proyecto muy importante.
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Claudio Oscar Lemus profile picture
Claudio Oscar Lemus
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Exelente atención rapidez de lo mejor
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Carmen Benitez
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Servicio profesional de excelencia!!!
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lenin ramos
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Excelente servicio, profesionales de primera, super recomendados
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Roxana Lio
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Cumplieron con lo presupuestado en tiempo y forma, estoy muy conforme.
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Santiago Riveira profile picture
Santiago Riveira
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Excelente trabajo. Tengo un problema de filtraciones en el departamento y el informe que me hicieron es muy detallado y completo. Muy profesionales y claros para explicar todo.
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Pasionaria Ramoneda
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Amabilidad, profesionalismo y precisión.
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Franco De Francisci profile picture
Franco De Francisci
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Los Arquitectos me dieron una mano invaluable. La aparatología, muy útil, va acompañada de experiencia y ojo clínico, lo cual es un excelente combo. Super agradecido.
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administracion martinez
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Han sido muy profesionales, muy responsables, cumplidores y fundamentalmente se dedicaron a realizar la inspeccion basados en la toma de muestras, pruebas tecnicas con herramientas tecnologicas muy especificas, y con la seriedad que ameritaba el caso. Cumplieron con los plazos comprometidos para la entrega del informe, que esta detallado, con el respaldo de fotos y con las recomendaciones para sanear el problema, en cuanto a la resolucion de la problematica justamente para garantizar la objetividad e imparcialidad entregan detalladas las acciones a realizar, ellos no lo reparan, pero entregan en el informe DETALLE DE COMO Y CON QUE SE DEBE SUBSANAR EL PROBLEMA.

¿ TE LLEGÓ LA INTIMACIÓN ?  SOLUCIONALO CON ESPECIALISTAS

 

¿ Quiénes se encuentra eximidos ?


Los inmuebles de planta baja que no excedan los 4,00 metros de altura en su fachada al frente salvo que posean salientes de cualquier tipo que avancen sobre el espacio público de la acera. Los inmuebles de planta baja que no excedan los 4,00 metros de altura en su fachada al frente salvo que posean salientes de cualquier tipo que avancen sobre el espacio público de la acera. Los inmuebles destinados solo a vivienda que en su fachada al frente excedan los 4,00 metros hasta los 9,00 metros de altura y se encuentren retirados, como mínimo, 3,00 metros de la Línea Oficial, salvo que posean salientes de cualquier tipo que avancen sobre el espacio público de la acera. En los casos de eximición mencionados, que posean salientes de cualquier tipo y que las mismas no revistieran mayor peligrosidad para sí o para terceros, el propietario puede solicitar, a la Autoridad de Aplicación para el control de la presente ley, que se le exceptúe de este tipo de obligación. EN CASO DE ENCONTRARSE EXIMIDOS SE DEBERÁ REALIZAR EL TRÁMITE POR ÚNICA VEZ SOLICITANDO LA EXIMICIÓN.
 

¿ Cada cuánto tiempo se realiza la inspección ?

Antigüedad del edificio

De 15 a 25 años - Cada 15 años.

Más 25 a 35 años - Cada 12 años.

Más 35 a 45 años - Cada 10 años.

Más 45 a 55 años - Cada 9 años.

Más 55 a 70 años - Cada 5 años.

Más de 70 años en adelante - Cada 4 años.

 

Cambios en la Ley:

Te comentamos que durante el año 2019 hubo cambios en la Ley 257:

  • Pasó a ser la ley 6116 y en la actualidad es el Art. 5.1.2 del Código de Edificación.
  • Si la fachada no está en condiciones no podrá emitirse el certificado de conservación.
  • Ya no se otorgan plazos para ejecutar arreglos ya que el sistema solo permite emitir el Certificado de Conservación.
  • Solo se inspecciona la fachada. Ya no se inspeccionan medianeras, aire y luz, contrafrente y terrazas.

¿  SE TE VENCE EL PLAZO?  SOLUCIONALO AHORA.